Alcaldesa


Lic. Ana Lucia Reis Melena
Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
Ana Lucia Reis Melena mujer, madre, esposa y abuela, nacida el 17 de julio de 1970, en el Municipio de Porvenir del Departamento Pando – Bolivia.
Licenciada en Administración de Empresas, empresaria – emprendedora que, desde el año 2015 al 2020 trabajó en el impulso a la transformación y comercialización de frutos amazónicos, haciendo énfasis en el asaí y la castaña. Posicionando éstos, a través de la participación en diversas ferias del país, como referente de la Amazonía pandina.
Gracias al gran carisma que la caracteriza, generó buenas relaciones con personas a nivel local, nacional e internacional.
En el desarrollo de su carrera política, entre los años 2002 y 2005 fue diputada uninominal del departamento Pando, en 2005 fue reelecta como diputada plurinominal. Asimismo, fue elegida democráticamente en dos gestiones como alcaldesa del Municipio de Cobija los años 2010 a 2015 y 2021 a 2025. También ha sido representante de Bolivia ante el Parlamento Latinoamericano Amazónico.
Actualmente, como primera autoridad municipal, prioriza la vocación ambiental del Municipio de manera transversal en los distintos planes, programas y proyectos. Así mismo, los frutos amazónicos se han convertido como un sector de los principales motores de la dinámica ambiental, comercial, económica y social de su gestión.
Formular políticas y estrategias orientadas a asegurar una gestión municipal eficiente y transparente, promoviendo el desarrollo del Municipio, a través de la ejecución de planes, programas, actividades y proyectos concordantes con el Plan Territorial de Desarrollo Integral de la entidad territorial autónoma, el Plan Estratégico Institucional y el Programa de Operaciones Anual, (conforme los lineamientos de la Ley N.º 777) con el fin de elevar los niveles de bienestar social de los ciudadanos, a través de la ejecución de obras y servicios de interés común, así como preservar, fomentar y difundir los valores culturales y las tradiciones cívicas.
- Ejercer la Máxima Autoridad Ejecutiva del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija.
- Convocar y presidir reuniones de Gabinete Municipal periódicamente con el fin de hacer seguimiento, actividades y coordinar técnicamente.
- Representar al Gobierno Autónomo Municipal.
- Presentar Proyectos de Ley Municipal al Concejo Municipal.
- Promulgar las Leyes Municipales u observarlas cuando corresponda.
- Dictar Decretos Ediles, Decretos Municipales y Resoluciones Ejecutivas de acuerdo a lo establecido por normativa vigente.
- Aprobar la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo Municipal mediante Decreto Municipal.
- Proponer y ejecutar políticas públicas del Gobierno Autónomo Municipal.
- Designar mediante disposición expresa a las autoridades de dependencia directa, Secretarias y Secretarios Municipales, Sub Alcaldesas o Sub Alcaldes de Distritos Municipales y Autoridades de Entidades Desconcentradas Municipales, con criterios de equidad social y de género en la participación, en el marco de la interculturalidad.
- Designar mediante disposición expresa a las Máximas Autoridades Ejecutivas de las Empresas Municipales y de las Entidades Descentralizadas Municipales, en función a los principios de equidad social y de género en la participación e igualdad y complementariedad.
- Dirigir la Gestión Pública Municipal.
- Coordinar y supervisar las acciones del Órgano Ejecutivo.
- Proponer al Concejo Municipal, para su aprobación mediante Ley Municipal, el Plan de Desarrollo Municipal, el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial y la Delimitación de Áreas Urbanas, según la Ley N.º 777.
- Presentar al Concejo Municipal, para su consideración y aprobación mediante Ley Municipal, el Programa de Operaciones Anual, el Presupuesto Municipal consolidado y sus reformulados, hasta quince (15) días hábiles antes de la fecha de presentación Establecida por el órgano rector del nivel central del Estado.
- Proponer la creación, modificación o supresión de tasas y patentes a la actividad económica y
contribuciones especiales de carácter Municipal, para su aprobación mediante Ley Municipal. - Proponer al Concejo Municipal, la creación, modificación o eliminación de impuestos que pertenezcan al dominio exclusivo del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija.
- Proponer al Concejo Municipal, para su aprobación mediante Ley Municipal, los planos de zonificación y valuación zonal, tablas de valores según la calidad de vía de suelo y la delimitación literal de cada una de las zonas determinadas, como resultado del proceso de zonificación.
- Presentar el Proyecto de Ley de procedimiento para la otorgación de honores, distinciones,
condecoraciones y premios por servicios a la comunidad, y conceder los mismos de acuerdo a dicha normativa. - Aprobar la tabla de precios municipales, elaborada por la instancia designada para tal efecto.
- Aprobar, mediante Decreto Municipal, los estados financieros correspondientes a la Gestión Municipal y remitirlos al Concejo Municipal, en un plazo perentorio.
- Presentar informes de rendición de cuentas sobre la ejecución del Programa de Operaciones Anual y el Presupuesto, en audiencias públicas por lo menos dos (2) veces al año.
- Proponer al Concejo Municipal la creación de Distritos Municipales, de conformidad con la respectiva Ley Municipal.
- Resolver los recursos administrativos, conforme a normativa nacional vigente.
- Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por sí mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y Departamentales, de acuerdo a normativa Municipal.
- Presentar al Concejo Municipal, la propuesta de reasignación del uso de suelos.
- Suscribir convenios y contratos.
- Diseñar, definir y ejecutar políticas, planes, programas y proyectos de políticas públicas municipales, que promuevan la equidad social y de género en la participación, igualdad de oportunidades e inclusión.
- Presentar al Concejo Municipal, el Proyecto de Ley de enajenación de bienes Patrimoniales
municipales. - Presentar al Concejo Municipal, el Proyecto de Ley de autorización de enajenación de bienes de Dominio Público y Patrimonio Institucional, una vez promulgada, remitirla a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su aprobación.
- 30. Ejecutar las expropiaciones de bienes privados aprobadas mediante Ley de expropiación por necesidad y utilidad pública municipal, el pago del justiprecio deberá incluirse en el presupuesto anual como gasto de inversión.
- Planificar y ejecutar las actividades administrativas, técnicas y financieras del Ejecutivo Municipal, buscando la eficiencia y transparencia, en beneficio de la población, el hábitat, y el medio ambiente.
- Ejecutar planes, programas y proyectos de desarrollo social, cultural, urbano, rural y ambiental en concordancia con el Programa de Operaciones Anual, los lineamientos del Plan de Desarrollo Municipal y Plan Estratégico Institucional, conforme sean establecidos por la Ley N.º 777.
- Convocar y presidir las reuniones periódicas de Gabinete Municipal con el fin de hacer seguimiento a actividades y planes con la participación de los Secretarios Municipales, Dirección de Gobernabilidad, Dirección de Planificación Estratégica, Dirección de Recursos Humanos y cualquier otra unidad organizacional requerida bajo citación oportuna.
- Otras que de acuerdo a norma sean establecidas conforme competencia municipal.
- Secretarías Municipales.
- Unidades Desconcentradas.
- Direcciones Municipales y todas las Unidades.
- Organizacionales del Órgano Ejecutivo del GAMC.